Derechos de propiedad intelectual, comercio y acceso a medicamentos: de la Ronda de Uruguay al T-MEC
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Resumen
La producción y la distribución de objetos terapéuticos, como medicamentos, vacunas o diagnósticos, están delineadas por los derechos de propiedad intelectual (DPI). Antes del Acuerdo de Marrakech, cada país establecía normas en términos de rango, duración y alcance de la patente. El Acuerdo sobre los DPI relacionados con el comercio homogeneizó estos tres ejes. Un espacio limitado ha permanecido para la instrumentación de políticas sensibles al interés público y la salud pública. Su instrumentación en los países en desarrollo ha variado, de acuerdo con la estructura industrial farmacéutica de cada país, modificada a través de las décadas por la IED y la inversión del Estado en ciencia y tecnología. El artículo habla sobre la instrumentación del régimen de DPI en México desde las reformas necesarias en DPI para la firma del TLCAN hasta el T-MEC por el Senado mexicano.